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Terminos y Condiciones Proveedores/Vendedores
Condiciones Generales para Proveedores / Vendedores
ARTÍCULO 1. Normas generales
1. Este acuerdo regula la relación contractual (“el acuerdo”) entre Mejorcompra.com Amsconnect SRL., con RNC: 1-31-19987-9 - en adelante referida como MC- y el Proveedor/Vendedor referido en el formulario de solicitud (“el Proveedor/Vendedor”), que solicita utilizar el Sistema (definido en el artículo 1.4)”esta parte hay que actualizar”, para poner en marcha la Tienda Virtual (definida en el artículo 1.4)”hay que definir” para llevar a cabo sus ventas (definidas en el artículo 1.4) en el Centro Comercial Virtual (definido en el artículo 1.4), cuando dicha solicitud sea aprobada por MC.
2. El Proveedor/Vendedor reconoce y acepta que los términos y condiciones de este acuerdo serán aplicable al uso del Sistema por parte del Proveedor/Vendedor. Asimismo, éste reconoce y acepta que MC puede rechazar unilateralmente y a su total discreción la solicitud del Proveedor/Vendedor.
3. El Proveedor/Vendedor aceptará y cumplirá los términos, incluso los subordinados, las directrices y cualquier otra norma propuesta o impuesta en cada momento por MC (referidos en su conjunto en lo sucesivo como “los Términos”).
4. En este acuerdo las siguientes palabras tendrán, salvo que el contexto requiera o aconseje lo contrario, los significados descritos a continuación:
(i)
Centro Comercial
hace referencia al sitio web de compras a través de internet llamado “Mejorcompra.com”, gestionado y operado por MC.
(ii)
Ventas
significa la venta de productos o prestación de servicios a los Clientes (definidos en este artículo), llevada a cabo por el Proveedor/Vendedor que opera la Tienda Virtual en el Centro Comercial, como respuesta a los pedidos formulados por los Clientes a través del Centro Comercial.
(iii)
Sistema
es el sistema que permitirá al Proveedor/Vendedor operar su Tienda Virtual, incluyendo pero no limitado a la ejecución de las ventas y estará compuesto por el hardware y el software, incluyendo pero no limitado a servidores, sistemas de base de datos, software para crear, mostrar, controlar, gestionar, usar y operar el Centro Comercial y la Página de Gestión de la Tienda.
(iv)
Mercancía
son las mercancías vendidas o los servicios prestados a los Clientes por el Proveedor/Vendedor en respuesta a pedidos formulados por dichos Clientes a través del Centro Comercial.
(v)
Página de Gestión de la Tienda
es la página de internet diseñada por MC como el lugar desde el que operar la Tienda Virtual del Proveedor/Vendedor, que se encuentra dentro del servidor gestionado por MC;
(vi)
Cliente
hace referencia a las personas que acceden y utilizan la Tienda Virtual para navegar o encargar las mercancías, solicitar regalos, hacer consultas al Proveedor/Vendedor o para usar la Tienda Virtual en alguna de las formas permitidas por MC;
(vii)
Tienda Virtual
es la tienda abierta y operada por el Proveedor/Vendedor en el Centro Comercial.
5. La versión base de este acuerdo está redactada en idioma español y se entregará, aceptará y firmará la versión por las partes. La única interpretación válida del presente contrato, en caso de conflicto, será la realizada de acuerdo con la versión en español.
6. La expresión “por escrito” incluirá la correspondencia enviada por una parte a la otra a través de cartas, faxes o e-mail.
7. Los encabezados de los artículos del presente contrato se han insertado solo por facilidad y deberán ser ignorados a la hora de interpretar este acuerdo.
8. En este acuerdo, las palabras en singular incluirán el plural y viceversa.
9. Todos los cuadros y anexos a este contrato deberán ser leídos y considerados una parte esencial de este acuerdo.
ARTÍCULO 2. Solicitud de Tienda Virtual
1. El Proveedor/Vendedor que quiera abrir u operar una Tienda Virtual y llevar a cabo Ventas en el Centro Comercial deberá enviar una solicitud para utilizar el sistema en la forma prescrita en cada momento por MC.
2. Si MC acepta y aprueba la solicitud del Proveedor//Vendedor en la forma descrita en este artículo, MC otorgará al Proveedor/Vendedor una licencia no exclusiva para usar el Sistema durante el período de duración de este acuerdo, con la extensión necesaria para abrir u operar su Tienda Virtual y llevar a cabo las Ventas. El Proveedor/Vendedor pagará las siguientes cantidades a MC por usar el Sistema:
(i) Un pago mensual básico, establecido en el Artículo 12 y
(ii) Un pago por venta, establecido en el Artículo 13.
(iii) Un pago inicial, salvo que se especifique lo contrario en las condiciones particulares de contratación.
3. El Proveedor/Vendedor reconoce expresamente y acuerda que todos los derechos, títulos e intereses sobre el Sistema, incluyendo los derechos de patentes, marcas, derechos de autor o cualquier otro derecho, incluyendo derechos de propiedad y de propiedad intelectual e industrial, pertenecen a MC o a una sociedad de su grupo, excepto en caso de que manifieste lo contrario. El Cliente no ha adquirido título, propiedad, interés, patente o cualquier otro tipo de derecho de propiedad, titularidad sobre el Sistema.
4. MC no establece garantías ni asegura el Sistema o el uso del Sistema con respecto a su exactitud, idoneidad, no infracción, título, calidad o ejecución.
5. MC podrá modificar cuando lo considere oportuno las especificaciones del Sistema o actualizarlo, a su discreción. Adicionalmente, el Proveedor/Vendedor reconoce y acepta que MC puede modificar las especificaciones del Centro Comercial y añadir cualquier programa de afiliados cuando lo considere adecuado. Tras el lanzamiento o adición de este programa, el Proveedor/Vendedor que se adhiera o incorpore al mismo, deberá pagar el precio adicional correspondiente a ese programa, de acuerdo con los términos establecidos separadamente por MC.
6. El Proveedor/Vendedor reconoce y acepta que MC puede utilizar métodos como “subastas”, Compras en grupo”, “envíos de e-mail” y cualquier otro sistema de ventas en el Centro Comercial cuando lo considere oportuno. El Proveedor/Vendedor reconoce y acepta que MC podría cargar al Proveedor/Vendedor gastos adicionales por esos mecanismos de venta adicionales, cuando el Proveedor/Vendedor decida unirse o participar en los mismos.
7. El Vendedor cuya solicitud para usar el Sistema haya sido aprobada por MC recibirá también una licencia no exclusiva para su uso obligatorio del Programa de Mejor Puntos, sometido a los “Términos y Condiciones de Mejor Puntos ” anexos a estas condiciones y aprobados por MC.
ARTÍCULO 3. Notificaciones
1. Al enviar la solicitud descrita en el Artículo 2, el Proveedor/Vendedor facilitará a MC la información requerida por MC para procesar dicha solicitud. La información requerida por MC podría cambiar, por lo que el Proveedor/Vendedor se compromete a mantener toda su información debidamente actualizada y a informar a MC sobre cualquier modificación que afecte a la información ya facilitada, así como a ampliar su información y documentación a solicitud de MC.
2. Las pérdidas y daños causados por cualquier forma o motivo a MC como consecuencia de una falta de notificación serán responsabilidad exclusiva del Proveedor/Vendedor.
3. El Proveedor/Vendedor designará a un representante que será el encargado de operar, gestionar y/o administrar la Tienda Virtual (a continuación referido como el “Gerente Tienda Virtual” o el “Manager”).
4. Cuando MC envíe correspondencia o documentos por medio de entrega en persona, correo certificado o envío por mensajero a la dirección proporcionada por el Proveedor/Vendedor en la forma descrita en este artículo, incluso aunque no haya llegado al Proveedor/Vendedor porque rechaza aceptarlos o porque está ausente o la entrega se retrasa por cualquier otro motivo, se considerará recibido por el Proveedor/Vendedor, si se ha enviado por mensajero o en mano, en la fecha en la que el documento es entregado en la dirección del Proveedor/Vendedor o, cuando se envíe por correo certificado, dos (2) días después de la fecha de envío.
5. Cuando MC envíe un e-mail al Gerente Tienda Virtual del Proveedor/Vendedor, a la dirección de e-mail designada por el Proveedor/Vendedor en la forma descrita en este artículo (en lo sucesivo referida como la “Dirección de notificaciones por e-mail”), se considerará recibido en el momento en que el Proveedor/Vendedor lo reciba o en las 24 horas siguientes al envío, lo que suceda antes.
6. En caso de que MC notifique al Proveedor/Vendedor, mediante el envío a la Dirección de notificaciones por e-mail, un mensaje publicado en el sitio web designado por MC, el Proveedor//Vendedor confirmará la recepción del mensaje lo antes posible. Se considerará recibido este mensaje por el Proveedor/Vendedor en el momento de la confirmación o 24 horas después del envío a la Dirección de Notificaciones por e-mail, lo que suceda antes.
ARTÍCULO 4. No transferibilidad de derechos
El Proveedor/Vendedor no transferirá ni otorgará (incluyendo pero sin limitación a través de subarriendo, hipoteca o estableciendo cualquier tipo de carga), en parte o totalmente, sus obligaciones o derechos asumidos en virtud del presente Acuerdo a cualquier tercero sin el previo consentimiento escrito de MC.
ARTÍCULO 5. Lanzamiento de la Tienda Online
1. En caso de que MC apruebe la solicitud presentada por el Proveedor//Vendedor, en la forma establecida en el artículo 2, MC establecerá una URL para la Página de Gestión de la Tienda del Proveedor/Vendedor y emitirá el identificador (a continuación referida como “ID”) y la contraseña para el Proveedor/Vendedor, que requerirá para acceder a la Página de Gestionar la Tienda.
2. La fecha en la que la Página de Gestionar la Tienda quede abierta será referida en lo sucesivo como la “Fecha de emisión de la Cuenta”. El ID y contraseña proporcionados por MC están destinados para el solo y exclusivo uso del Proveedor/Vendedor, que se compromete a no revelar el ID y la contraseña a cualquier tercera parte no autorizada. MC no será responsable por los daños o las consecuencias negativas del mal uso del ID y la contraseña asignados al Proveedor/Vendedor, por éste o por cualquier tercero que haya tenido acceso a los mismos.
ARTÍCULO 6. Publicación de contenidos
1. El Proveedor/Vendedor cumplirá con los Términos establecidos por MC y crearán o producirán las frases, gráficos, vídeos o cualquier otra información explicativa (a continuación referida como “Contenidos”), relativa a las Mercancías o Servicios ofrecidos, para su publicación en la Página de Gestionar la Tienda Virtual, durante los tres (3) meses siguientes a la Fecha de Emisión de la Cuenta, aunque el Proveedor/Vendedor podrá solicitar una extensión de este plazo, que estará sometida a la sola discreción y aprobación escrita de MC.
2. El Proveedor/Vendedor deberá cumplir con las siguientes condiciones en la creación o producción de los Contenidos descritos en el párrafo anterior:
(i) No mostrar Contenidos que violen el artículo 18 o cualquier otro Término del presente contrato.
(ii) No mostrar Contenidos obscenos o grotescos o cualquier otro que el usuario medio podría considerar desagradable u ofensivo;
(iii) Mostrar los Contenidos de conformidad con todos los requisitos, estipulaciones, estándares y/o formas descritos en las leyes y reglamentos aplicables en Republica Dominicana, incluidos sin limitación alguna la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, la Ley de Competencia Desleal y cualquier otra Ley y Reglamento aplicable a su actividad.
(iv) Mostrar toda la información requerida por las leyes Dominicanas, en relación con la actividad del Proveedor/Vendedor y la naturaleza de las Mercancías y Servicios ofrecidos; el Proveedor/Vendedor deberá, en concreto, mostrar, al menos, la siguiente información: Nombre del comercio/negocio, dirección, número de teléfono, dirección de e-mail y nombre del Manager o Encargado; horas de apertura y vacaciones.
(v) Mostrar una advertencia estableciendo que cualquier duda o queja relativa a las Ventas o las Mercancías debe ser dirigida directamente al Proveedor/Vendedor y eximiendo a MC de cualquier responsabilidad o gestión relacionada con dichas cuestiones o quejas;
3. MC podrá revisar los Contenidos creados o producidos por el Vendedor en la forma descrita en este artículo. Cuando MC apruebe que los Contenidos son apropiados y adecuados para el Centro Comercial, MC permitirá al Proveedor/Vendedor que lleve a cabo las Ventas utilizando los Contenidos correspondientes y abrirá la Tienda Virtual correspondiente a través del Centro Comercial. El Proveedor/Vendedor podrá llevar a cabo Ventas a través de la correspondiente Tienda Virtual a partir del momento en que reciba el permiso de MC.
4. El Proveedor/Vendedor podrá modificar eventualmente los Contenidos de la Tienda Virtual después de que haya sido autorizado para llevar a cabo las Ventas, en la forma anteriormente descrita, quedando la modificación sometida a revisión que deberá ser aprobada por MC. El Proveedor/Vendedor actualizará periódicamente los Contenidos para proporcionar la última información a los Clientes y otros usuarios de la Tienda Virtual en cada momento.
5. MC puede requerir al Proveedor/Vendedor para que modifique o corrija los Contenidos si MC determina que los Contenidos creados, producidos o publicados por el Proveedor/Vendedor no son apropiados para el Centro Comercial, y el Proveedor/Vendedor cumplirá con dicho requerimiento en un plazo máximo de un (1) día laboral a partir de la fecha del requerimiento.
6. MC se reserva el derecho de limitar el número máximo de Mercancías que el Vendedor podrá registrar u ofrecer en la Página de Gestionar la Tienda y el Sistema. Dicha limitación estará, en su caso, justificada por el volumen de operaciones del Proveedor/Vendedor, su tipología de negocio y su riesgo comercial.
ARTÍCULO 7. Sistemas de venta
1. Cuando el Proveedor/Vendedor reciba pedidos de Mercancías o Servicios de los Clientes, seguirá el proceso de cumplimentación de
pedido previsto por MC, incluida la confirmación de pago, entrega o envío de las Mercancías y cualquier otro procedimiento designado por MC.
2. El Proveedor/Vendedor entregará o facilitará las Mercancías al Cliente bajo su propia responsabilidad, coste y gastos, bien a través de sus propios medios de entrega o a través de una compañía de transporte o logística proporcionada por MC. En cualquiera de los casos, el Proveedor//Vendedor es responsable de la entrega o facilitación de las Mercancías y Servicios hasta su recepción y aceptación por el Cliente.
El Proveedor/Vendedor podrá cargar el coste de la entrega o envío al Cliente como gasto de entrega. El Proveedor/Vendedor acepta realizar, en su caso un pago anticipado del precio de transporte.
Los detalles de la entrega o envío, incluidos los gastos correspondientes, la duración del envío y el nombre de la empresa de envío o logística, en su caso, deberán ser claramente indicados en la Tienda Virtual, a fin de que MC pueda efectuar el cargo al Cliente por adelantado.
El Proveedor/Vendedor se compromete en todo caso a poner a disposición y/o facilitar toda la información a MC relativa a los envíos de las mercancías a los Clientes a los efectos de hacer efectivo el presente contrato.
3. El Proveedor/Vendedor reconoce y acepta que deberá explicar e informar a sus Clientes en la forma establecida por MC, que todas las Ventas están hechas y gestionadas directamente entre el Cliente y el Proveedor/Vendedor, independientemente de MC y que MC no es responsable en forma alguna por las pérdidas o daños, directos o indirectos, incluidos los daños provocados por las Ventas y cualquier otra cuestión o disputa derivada de las Ventas, que deberán ser resueltas directamente entre el Proveedor/Vendedor y el Cliente. El Proveedor/Vendedor indemnizará y mantendrá a MC exento de cualquier reclamación que pueda iniciarse por parte de Clientes o terceros contra MC o por las pérdidas o daños que puedan producirse en perjuicio de MC debido a una disputa entre el Proveedor/Vendedor y el Cliente.
4. El Proveedor/Vendedor deberá cumplir y está sujeto a todas las leyes y reglamentos aplicables en Republica Dominicana como, a modo de ejemplo no limitativo, la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, la Ley General de Publicidad o la Ley de Competencia Desleal, los códigos civil y de comercio y otras leyes específicas que regulan o afectan a las Mercancías y Servicios ofrecidos.
5. El Proveedor/Vendedor responderá a todas las quejas y reclamaciones de forma expeditiva y de Buena fe, incluyendo la solicitud de regalos, dudas y otros usos de la Tienda Virtual por los Clientes.
6. En caso de disputa entre el Proveedor/Vendedor y sus Clientes en relación con las Mercancías y/o las Ventas, incluyendo pero no limitado a la no entrega, no prestación, retrasos en los envíos o la prestación y defectos o calidad no satisfactoria; o en caso de que dicha disputa surja entre el Proveedor/Vendedor y un tercero en relación con los Contenidos, incluyendo pero no limitado a la infracción de derechos de autor, patentes, derechos de marca y otros derechos de propiedad intelectual o industrial o derechos publicitarios, el Proveedor/Vendedor deberá solucionar o resolver dichas disputas bajo su única responsabilidad, coste y gastos. En caso de que MC pague una compensación o indemnización por daños y perjuicios, incluyendo pérdidas o daños indirectos o circunstanciales, causados o presuntamente causados por el Proveedor/Vendedor al Cliente o a un tercero, el Proveedor/Vendedor deberá indemnizar y rembolsar el precio o pago total (incluyendo los gastos de abogados, notarios, peritos y procuradores) a MC sin retraso ni condición alguna.
7. MC podrá facilitar información a su absoluta discreción que, de acuerdo con su conocimiento, permita resolver la disputa entre el Proveedor/Vendedor y el Cliente o terceros, o asistir o apoyar al Cliente o a un tercero sin el consentimiento previo del Proveedor/Vendedor.
8. MC nunca emitirá facturas en relación con la venta o prestación de Mercancías o Servicios ofrecidos y proporcionados a los Clientes por el Proveedor/Vendedor, quien se compromete a proporcionar dichas facturas, recibos o pruebas formales de compra a requerimiento de los Clientes.
9. El Proveedor/Vendedor deberá obtener todas las licencias o autorizaciones requeridas de acuerdo con las leyes Dominicanas para ofrecer cualquier Producto o Servicio sometido a dichas leyes, y se compromete a mantener a MC exento de cualquier reclamación o solicitud relacionada en el incumplimiento de cualquier ley o normativa. El Proveedor/Vendedor no ofrecerá Mercancías o Servicios que las autoridades Dominicanas hayan declarado ilegal ofrecer o vender a través de canales online.
ARTÍCULO 8. Gerente o Encargado
1. El Proveedor/Vendedor velarán por que su Gerente y sus empleados o personal relacionado con las Ventas tengan un conocimiento y entendimiento completo y profundo sobre cómo usar, manejar, operar y administrar el Sistema y los Términos relacionados. El Proveedor/Vendedor asumirá la responsabilidad directa y conjunta de todas las acciones desarrolladas por sus ejecutivos, directivos, empleados y cualquier otro personal, incluyendo la responsabilidad por las pérdidas y daños incurridos a MC debido al mal uso, error o negligencia en el uso del Sistema.
2. El Proveedor/Vendedor velará por que el Gerente administre o gestione la Dirección de e-mail para Notificaciones, compruebe las comunicaciones y avisos de MC y adopte las medidas apropiadas, cuando sea notificado a través de la dirección de e-mail descrita o a través de cualquier otro sistema de comunicación de MC, inmediatamente y sin retraso.
3. En caso de que el Proveedor/Vendedor sustituya al Gerente de la Tienda Virtual, el Proveedor/Vendedor deberá notificar inmediatamente a MC por escrito el nombre del nuevo Gerente, y modificará la contraseña a fin de evitar accesos no deseados o no autorizados.
ARTÍCULO 9. Derechos de autor y otros derechos
1. MC es propietario de los derechos de propiedad intelectual sobre los Contenidos que MC ha creado o producido para el Centro Comercial, incluidos los derechos sobre las Páginas de Gestionar la Tienda y la Tienda Virtual; el Proveedor/Vendedor es titular de los derechos sobre los Contenidos creados por él.
2. Si el Proveedor/Vendedor publicase cualquier Contenido en la Tienda Virtual cuyos derechos de propiedad intelectual perteneciese a un tercero distinto al Proveedor/Vendedor, éste deberá obtener un permiso escrito, previo y suficiente del propietario de los derechos de propiedad intelectual o industrial antes de publicar y usar dichos Contenidos.
3. El Proveedor/Vendedor otorga a MC una licencia gratuita, con derecho a sublicenciar a las personas aprobadas por MC (incluidos pero no limitados a sus afiliados), para utilizar los Contenidos descritos en los artículos anteriores, con la finalizada de promocionar y comercializar a través del Centro Comercial, crear enlaces desde sitios web externos al Centro Comercial o a los sitios afiliados, utilizar los servicios web aprobados por MC, proporcionar los materiales al Fabricante de Equipos Original (OEM) del sitio web o del Centro Comercial, o para cualquier otro uso que MC considere necesario u oportuno para el desarrollo de su actividad.
4. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 9.2, en caso de que el Proveedor/Vendedor, intencionada o involuntariamente, infrinja los derechos de cualquier tercero a través de los Contenidos publicados en la Tienda Virtual, el Proveedor/Vendedor se compromete y acepta indemnizar y mantener a MC permanentemente indemne frente a cualquier pérdida o gastos que puedan derivarse con motivo de dicho incumplimiento.
ARTÍCULO 10. Subcontratación
1. MC y el Proveedor/Vendedor podrán confiar o subcontratar parte o la totalidad de sus operaciones a un tercero (en lo sucesivo referido como el “Tercero subcontratado”), bajo la sola responsabilidad de MC o total responsabilidad del Proveedor/Vendedor, respectivamente; la parte que subcontrate deberá comunicar inmediatamente a la otra parte por escrito los datos del Tercero Subcontratado.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 10.1., el Vendedor no confiará ni subcontratará cualquiera de sus operaciones, incluido el tratamiento de la información de los Clientes (definida en el artículo 16.1), a cualquier tercero, que no esté relacionada con la gestión de los pagos de los Clientes y la entrega o envío de las Mercancías a un tercero, de acuerdo con el artículo 16, bajo la única responsabilidad del Proveedor/Vendedor.
3. En caso de que MC o el Proveedor/Vendedor confíen o subcontraten sus operaciones a un Tercero Subcontratado en la forma descrita en los artículos anteriores, MC y/o el Proveedor/Vendedor deberán asegurarse de que dicho tercero aprobación y cumple íntegramente los Términos y asumirá responsabilidad conjunta y directa por cada acción realizada por el Tercero Subcontratado.
4. MC y el Proveedor/Vendedor mantendrán a la otra parte indemne frente a cualquier pérdida o daño que pudiera sufrir por cualquier motivo, como consecuencia del incumplimiento por parte del Tercero Subcontratado de los Términos.
ARTÍCULO 11. Duración del acuerdo
1. Este acuerdo será válido durante un período de un (1) año a partir de la Fecha de Emisión de la Cuenta y se extenderá a sucesivos períodos de un (1) año de duración (en adelante referidos como los “Períodos de renovación”), salvo en caso de que cualquiera de las partes notifique a la otra parte por escrito su voluntad de no ampliar la duración de este acuerdo, mediante el envío de un preaviso con, al menos, un (1) mes de antelación a la expiración del plazo correspondiente. La carta de confirmación de la renovación deberá ser firmada por ambas partes.
2. Sin perjuicio de lo anterior, cualquiera de las partes podrá terminar el presente contrato, comunicando de manera fehaciente, a la otra parte la resolución por escrito con un plazo de preaviso de CUARENTA (40) días laborables por cualquier medio admitido por la ley Dominicana.
3. MC no solicitará al Proveedor/Vendedor que incurra en inversiones o gastos especiales ni que contrate a personal o disponga cualquier otro medio de producción, venta, atención al cliente o infraestructura alguno, para llevar a cabo las ventas objeto del presente contrato.
4. El Proveedor/Vendedor renuncia a cualquier reclamación por cualquier motivo, incluso por daños emergentes o lucro cesante, derivada de la resolución unilateral del contrato en la forma descrita en esta cláusula, por parte de MC.
ARTÍCULO 12. Cuota Mensual Básica
1. El Proveedor/Vendedor pagará a MC una Cuota Mensual Básica, por el importe aceptado en el formulario de alta, como contraprestación por el uso del sistema.
2. El Proveedor/Vendedor deberá abonar esta cuota mensual a MC, a traves de una de las opciones de pagos disponibles para continuar utilizando la plataforma.
ARTÍCULO 13. Comisión por Venta (NO Tiene que Pagar Comision por Venta)
1. El Proveedor/Vendedor NO tiene que pagar a MC, comision por las ventas, solo manejar un precio neto para las ventas en la plataforma.
2. Si, después de la Fecha Fijada, el Proveedor/Vendedor acepta la devolución de las Mercancías o la cancelación del pedido del Cliente, el Proveedor/Vendedor negociará o devolverá el precio de las Mercancías directamente al Cliente. MC no intervendrá en ningún caso en la gestión o tramitación de las devoluciones y/o de los pagos correspondientes a las mismas, que deberán ser en todo caso gestionados por las partes - el Comprador y el Proveedor/Vendedor - de dichas transacciones.
ARTÍCULO 14. Cuota por recepción de muestras
Cuando el Proveedor/Vendedor utilice las opciones de solicitud de muestras o recibo de regalos disponible en el Sistema, sometidas a la previa aprobación por escrito de MC, el Proveedor/Vendedor estará sujeto a los Términos y Condiciones estipulados por escrito separadamente.
ARTÍCULO 15. Pago de cuotas de funcionamiento de la Tienda
1. El Proveedor/Vendedor pagará todos los gastos y cuotas que le sean aplicables, tales como la Cuota Básica Mensual, la Comisión por Venta o cualquier otro que le sea aplicable por este contrato o cualquiera de sus anexos o complementos (referidos en lo sucesivo colectivamente como “Cuotas de Funcionamiento de la Tienda Virtual”), de forma inmediata en cuanto sean líquidos, vencidos y exigibles.
2. El incumplimiento de la obligación de pago de las Cuotas de Funcionamiento de la Tienda Virtual en la fecha de devengo por parte del Proveedor/Vendedor, devengará el pago de un interés anual de un 14,5% como cláusula penal; esta penalización se calculará durante el período transcurrido desde la fecha de vencimiento hasta la fecha en la que el pago es recibido por MC.
3. Las Cuotas de Funcionamiento de la Tienda Virtual pagadas por el Proveedor/Vendedor a MC no serán reintegrables aunque el Acuerdo finalice prematuramente, por cualquier motivo.
ARTÍCULO 16. Información de los Clientes
1. MC, Mejorcompra.com Amsconnect, SRL son los únicos propietarios de los Datos Personales relacionados con los Clientes y usuarios del Centro Comercial y la Tienda Virtual. Las Compañías citadas tratarán estos datos de acuerdo con la legislación Dominicana.
2. MC proporcionará al Proveedor/Vendedor un acceso a los Datos de Carácter Personal de los Clientes que sean necesarios para ejecutar las obligaciones descritas en este contrato. En consecuencia, a efectos del presente contrato, el Proveedor/Vendedor tendrá la consideración de encargado del tratamiento con respecto a los datos personales proporcionados por MC, según lo previsto en las leyes Dominicanas.
3. El Proveedor/Vendedor no utilizará los datos obtenidos de los Clientes ni publicarán o divulgarán la información relativa a los Clientes (en adelante referida como “Datos de Perfil”), ni su histórico de ventas en el Centro Comercial o cualquier otra información correspondiente al uso del Centro Comercial (en adelante referida como “Información de uso” y, junto con los datos de perfil, como “Datos del Cliente”) para cualquier finalidad distinta de aquélla que sea estrictamente necesaria y requerida para llevar a cabo los deberes y obligaciones y ejecutar las Ventas o cualquier otras operaciones de negocio previstas en este acuerdo, así como para cumplir con las solicitudes de información requeridas por cualquier entidad o agencia pública, autoridad o Juzgado.
4. El Proveedor/Vendedor velará con la máxima diligencia por la privacidad de los Clientes y el interés de los Clientes y de MC antes de llevar a cabo cualquier uso de los Datos del Cliente, y se abstendrá de divulgar, publicar o proporcionar a terceros, con o sin contraprestación, dichos datos a cualquier tercero. Sin perjuicio de lo anterior, el Proveedor/Vendedor podrá facilitar los Datos del Cliente a los proveedores de servicios de pago o de envío o entrega, en relación con las Ventas de las Mercancías, con el alcance necesario para el cumplimiento de sus obligaciones, siempre previa firma de un acuerdo de confidencialidad ajustado a los términos del presente contrato.
5. El Proveedor/Vendedor reconoce y acepta que MC puede restringir o designar el tipo, alcance y sistemas de gestión de la información de los Datos del Cliente a usar e implementar por el Proveedor/Vendedor para asegurar la privacidad del Cliente y mantener la credibilidad del Centro Comercial.
6. Tras la expiración o terminación del presente acuerdo, el Proveedor/Vendedor no podrá usar los Datos del Cliente salvo en caso de previa aprobación por escrito de MC. Asimismo, tras la finalización de este acuerdo, por cualquier motivo, el Proveedor/Vendedor no podrá extraer, obtener, sacar o hacer cualquier copia de los Datos del Cliente que se encuentren bajo el control de MC.
7. El Proveedor/Vendedor se compromete a cumplir todas las leyes y reglamentos vigentes en la Republica Dominicana a la hora de procesar los Datos de los Clientes, así como a seguir estrictamente las instrucciones específicas de MC, de acuerdo con las políticas y reglas de privacidad de MC.
8. El Proveedor/Vendedor reconoce y acepta que cualquier comunicación, filtración o publicación de los Datos del Cliente puede causar efectos adversos materiales para la reputación del Centro Comercial y el negocio de MC. En consecuencia, el Proveedor/Vendedor se compromete a llevar a cabo todas las medidas necesarias para evitar la divulgación o filtración de Datos del Cliente, como, a modo de ejemplo, la creación de un sistema de procesado para la correcta protección, almacenado y gestión de dichos datos, la designación de responsables de gestión de la información y la educación y formación de los empleados que traten con los Datos del Cliente. En caso de que cualquier información relativa a los Clientes sea publicada, filtrada o comunicada a terceros, de forma voluntaria o involuntaria, el Proveedor/Vendedor será responsable de indemnizar a MC y a su grupo de empresas por todas las pérdidas, daños y gastos (incluidos pero no limitados a los gastos de indemnización a Clientes y los costes judiciales, de abogados, procuradores, peritos, etc.), que se produzcan por cualquier motivo relacionado con este suceso.
9. Los artículos 16.3, 16.4, 16.5, 16.6, 16.7 y 16.8 seguirán en vigor tras finalización de este Acuerdo.
ARTÍCULO 17. Confidencialidad
1. Ni MC ni el Proveedor/Vendedor comunicarán o transmitirán a cualquier tercero información confidencial de la otra parte que haya sido obtenida en relación con este acuerdo, ni usarán dicha información para cualquier finalidad distinta a las previstas en los Términos y en el presente acuerdo, salvo cuando sea requerido para ello por un Juzgado, una entidad o agencia gubernamental o una autoridad pública, en cumplimiento con una ley o reglamento, en la extensión necesaria para:
(i) los empleados de una de las partes o
(ii) los auditores, asesores profesionales o cualquier otra parte que tenga el derecho o la obligación de acceder a la información de una de las partes o tener conocimiento de la misma (referidas colectivamente ambas categorías como “destinatarios restringidos”), siempre que la parte correspondiente se comprometa a asegurar que los destinatarios restringidos han sido informados de que dicha información es confidencial y de que están sometidos a un deber de confidencialidad en los términos expuestos en el presente acuerdo.
2. Las obligaciones de confidencialidad establecidas en el artículo 17.1 no aplicarán o se extenderán a la información
(i) públicamente conocida antes de la comunicación efectuada por una de las partes,
(ii) que sea de dominio público después de la comunicación efectuada por una de las partes por causas no imputables a dicha parte,
(iii) que estuviera en disposición del destinatario antes de la comunicación o
(iv) que haya sido comunicada legalmente por un tercero que no tenga obligación de confidencialidad.
3. Sin perjuicio de las condiciones establecidas en los artículos 17.1 y 17.2, MC podrá intercambiar o compartir cualquier información relativa al Proveedor/Vendedor para operar o gestionar el Centro Comercial con el grupo de empresas del que MC forma parte, así como con otras empresas que lleven a cabo negocios o actividades vinculadas con MC. El Vendedor acepta expresamente este intercambio o cesión de información de MC.
4. De acuerdo con los artículos 17.2 y 17.3, el deber de confidencialidad de MC y el Proveedor/Vendedor establecidos en el artículo 17 seguirá plenamente vigente y con efecto con posterioridad a la finalización de este acuerdo, por cualquier motivo.
ARTÍCULO 18. Actividades prohibidas
1. El Proveedor/Vendedor no utilizará el Sistema, el Centro Comercial o la Tienda Virtual de forma que su actividad quede englobada dentro de cualquiera de las siguientes conductas:
(i) Incumplimiento de cualquier ley o reglamento en Republica Dominicana;
(ii) Comisión de un delito o conducta susceptible de ser considerada delictiva de acuerdo con las leyes Dominicanas;
(iii) Cualquier conducta contraria a las normas públicas aceptables o al sentido común;
(iv) Violación de cualquier norma, reglamento o directrices en Republica Dominicana en materia de publicidad, estipulados por una organización o asociación en la que participen MC o el Proveedor/Vendedor.
(v) Cualquier conducta que pueda provocar confusión o facilitar información falsa a los Clientes;
(vi) Actos o conductas que puedan constituir un incumplimiento de derechos, incluidos pero no limitados a derechos de propiedad intelectual e industrial, protección de datos, reputación o cualquier otro interés de MC y de otros Proveedores/Vendedores que participen en el Centro Comercial, los Clientes o cualquier otro tercero.
(vii) Apertura de la Tienda Virtual (incluida la promoción, comercialización o publicación de anuncios y la revelación de su URL) antes de haber obtenido el permiso para llevar a cabo las Ventas por parte de MC, en la forma descrita en el artículo 6.
2. El Proveedor/Vendedor no llevará a cabo cualquiera de las siguientes actividades, dentro o fuera del Sistema, el Centro Comercial o la Tienda Virtual:
(i) Solicitar, convencer, persuadir o animar a los Clientes a contratar Mercancías o Servicios del Proveedor/Vendedor sin utilizar el Sistema, incluyendo pero no limitado a publicitar la página de compra del Vendedor fuera del Centro Comercial o incluyendo enlaces a sitios web externos.
(ii) Enviar o distribuir e-mails con contenido promocional a los Clientes a través de cualquier sistema distinto al Correo Mejorcompra.com (MC-Mail), un servicio proporcionado por MC.
(iii) Utilizar el conocimiento, la información y el “saber hacer” o “know how” técnico relacionado con los Contenidos, la forma de mostrar la información y el marketing y publicidad que el Proveedor/Vendedor ha obtenido utilizando el Sistema o llevando a cabo las Ventas en el Centro Comercial con la finalidad de gestionar u operar la Tienda Virtual o sus negocios por sí mismo fuera del Centro Comercial;
(iv) Uso de los Datos del Cliente después de la finalización del acuerdo, pero no limitado al envío de e-mails con contenidos publicitarios, promociones o cualquier otra actividad de marketing o captación.
(v) Actos que puedan afectar o perjudicar el funcionamiento o el mantenimiento de cualquier servicio proporcionado por MC en relación con el Centro Comercial;
(vi) Publicar, inscribir o comunicar hechos o información falsos o incorrectos sobre la Página de Gestionada de la Tienda, la Tienda Virtual o el Sistema a cualquier parte o terceros;
(vii) Transmitir, escribir o crear programas de ordenador dañinos;
(viii) Accesos no autorizados al Sistema o a otros sistemas de MC;
(ix) Acciones prohibidas por MC;
(x) Usar lenguaje o contenidos difamatorios, ofensivos o denigrantes.
3. El Proveedor/Vendedor no venderá ni ofrecerá Mercancías o Servicios
(i) cuya venta esté prohibida por las leyes y reglamentos de la Republica Dominicana,
(ii) que puedan infringir los derechos de un tercero, de cualquier forma o
(iii) cuya venta a través del Centro Comercial sea inadecuada, de acuerdo con el criterio discrecional de MC.
ARTÍCULO 19. Gestión de contraseñas
1. El Proveedor/Vendedor deberá mantener el más estricto secreto y confidencialidad sobre el ID y la contraseña facilitados por MC, de acuerdo con lo descrito en el artículo 5, por lo que no podrá comunicarlas a un tercero y deberá adoptar todas las medidas, bajo su única y total responsabilidad, para evitar cualquier acceso no autorizado, tales como la modificación de la contraseña y cualesquiera otras que resulten adecuadas.
2. El Proveedor/Vendedor introducirá el ID y la contraseña emitidas por MC a través del mecanismo establecido por MC para utilizar el Sistema. MC considerará que todos los accesos al Sistema efectuados con el ID y la contraseña del Proveedor/Vendedor son correctos y autorizados. MC no será responsable, en ningún caso, de cualquier uso no autorizado, indebido o cualquier otro problema, daño o consecuencia negativa de dicho uso del ID y la contraseña facilitados al Proveedor/Vendedor.
3. El Proveedor/Vendedor se compromete a compensar y reconoce su obligación a indemnizar y mantener a MC indemne frente a cualesquiera pérdidas o daños que puedan derivarse, por cualquier motivo, del uso inadecuado, inconsentido o no autorizado del ID o la contraseña del Proveedor/Vendedor por cualquier tercero, sea o no atribuible dicho uso a una falta o negligencia del Proveedor/Vendedor.
ARTÍCULO 20. Suspensión temporal o detención del Sistema
1. El Proveedor/Vendedor reconoce y acepta que el Sistema puede ser suspendido o detenido sin previa comunicación al Proveedor/Vendedor debido a determinadas situaciones expuestas a continuación y que MC puede adoptar todas las acciones necesarias, a su sola discreción, con respecto a la suspensión o detención, sin que MC tenga responsabilidad de cualquier tipo sobre las pérdidas o daños que puedan provocarse de dicha suspensión o detención:
(i) Suspensión del Sistema debido a inspección, reparación, mantenimiento o mejoras del Sistema;
(ii) Suspensión del Sistema debido a un accidente o un fallo en cualquier ordenador o línea de comunicación;
(iii) Suspensión del Sistema para proteger los derechos o beneficios de MC, sus Clientes, otros Vendedores que forman parte del Centro Comercial o de terceros o
(iv) Suspensión del Sistema debido a causas justificadas, determinadas de buena fe por MC de acuerdo con su único criterio y consideración.
ARTÍCULO 21. Suspensión de las Ventas
1. MC podrá suspender el uso total o parcial del Sistema por parte del Proveedor/Vendedor, cuando le sean aplicables cualquiera de las circunstancias descritas en este artículo; asimismo, MC adoptará las acciones que considere oportunas en dichos casos, tales como eliminar los Contenidos, paralizar las Ventas y anunciar los motivos de paralización de las Ventas. En este caso, el Proveedor/Vendedor deberá actuar inmediatamente en cumplimiento de las instrucciones de MC y adoptará las medidas correctivas y subsanadoras que resulte necesario. Para evitar malentendidos, la adopción de las medidas descritas en este artículo no impedirá la resolución unilateral del contrato por parte de MC por los motivos enunciados en el artículo 25.
(i) Cuando el Proveedor/Vendedor incurra en cualquiera de las causas del artículo 25 o
(ii) Cuando el Proveedor/Vendedor reciba tres (3) o más quejas en un plazo de tres (3) meses cualquiera a partir de la Fecha de Emisión de la Cuenta, relativas a la entrega defectuosa, la falta de entrega, la entrega tardía, el envío de las Mercancías, devoluciones o cualquier otra circunstancia relacionada con el cumplimiento de sus obligaciones;
(iii) Cuando MC determine que es necesario adoptar medidas para la protección de los consumidores o cualquiera otra causa que MC estime de buena fe a su absoluta discreción.
2. El Proveedor/Vendedor continuará siendo responsable del pago de todas las cantidades descritas en este acuerdo, incluyendo la Cuota Mensual y la Comisión por Ventas de los Artículos 12 y 13, sin perjuicio de la suspensión o detención de las Ventas sobre la base de lo establecido en el artículo 21.1. anterior.
3. El Proveedor/Vendedor acepta que MC no será responsable en ningún caso por las pérdidas o daños sufridos con motivo de la suspensión de los servicios acordada por MC, sobre la base de lo establecido en este artículo.
ARTÍCULO 22. Exención de responsabilidad
1. MC no será responsable por las pérdidas, el daño emergente o el lucro cesante sufrido por el Proveedor/Vendedor con motivo del uso del Sistema o la ejecución de este acuerdo, por cualquier motivo (incluyendo pero no limitado a las pérdidas derivadas del fallo o defectuoso funcionamiento del Sistema, la pérdida total o parcial o el daño producido a los Contenidos o a otra información, la detención o suspensión total o parcial del Sistema, la detención de las Ventas del Proveedor/Vendedor, la pérdida de tiempo de funcionamiento del Sistema o de ingresos, beneficios, operaciones con Clientes o cualquier otro motivo) o cualquier otro daño o coste indirecto, incidental, especial o que sea consecuencia de una reclamación - incluidos los costes judiciales y de abogado o procurador, la responsabilidad civil o por producto o negligencia - fundada en una conducta o actividad desarrollada por MC en cumplimiento de los términos del presente acuerdo.
2. MC podrá modificar, sustituir, cambiar o eliminar cualquier parte de los Contenidos o de las especificaciones del Sistema y/o del Centro Comercial, según su propio criterio, sin notificarlo previamente al Vendedor.
3. MC desarrollará la máxima diligencia en la prestación de los servicios y podrá colaborar, eventualmente, con el Proveedor/Vendedor en la resolución de cualquier tipo de incidencias; sin perjuicio de lo anterior, MC no será responsable -bajo ninguna circunstancia - por daños emergentes o lucro cesante indirecto, daño incidental o sanción, fuese o no previsible, incluso cuando MC haya sido avisado sobre la posibilidad de que se produzcan dichos daños (incluidos pero no limitados a la pérdida de datos de conocimiento o de uso del Sistema, la interrupción del uso o disponibilidad de los datos, la paralización de cualquier trabajo o los daños en cualesquiera otros activos) que se produzcan como consecuencia de un incumplimiento de una garantía o compromiso, como, a modo de ejemplo no limitativo, un incumplimiento de contrato, una negligencia, responsabilidad civil, falta de representación o cualquier otra causa similar. Sin perjuicio de lo anterior, en ningún caso la responsabilidad agregada de MC en cualquier acción o procedimiento excederá la cantidad total pagada por el Proveedor/Vendedor durante los últimos doce (12) meses.
4. El Sistema se ofrece tal como ha sido desarrollado (“como esta”) y en la forma en la que esté disponible en cada momento (“disponible como este”). MC no garantiza al Proveedor/Vendedor o a cualquier otra persona o entidad, de forma expresa o implícita, que el Sistema se adaptará a cualquier finalidad o uso concreto, ni será completo, útil ni adecuado para la actividad del Proveedor/Vendedor, ni reúne otros requisitos de titularidad o no infracción de derechos. Adicionalmente, salvo que se manifieste específicamente lo contrario, MC no garantiza de ninguna forma que el Sistema reunirá los requisitos o exigencias del Proveedor/Vendedor o que el uso del mismo por el Proveedor/Vendedor será ininterrumpido, seguro o libre de errores; tampoco garantiza MC que los resultados de utilizar el Sistema o los errores en el mismo serán corregidos ni que el Sistema será compatible con el hardware, software o sistema operativo del Proveedor/Vendedor.
5.
El Proveedor/Vendedor acepta y reconoce que MC, sin perjuicio de la implementación de las medidas que garanticen la seguridad del pago, no asume ninguna responsabilidad en caso de fraude, retroacción del pago por parte del Cliente o cualquier otro hecho o circunstancia que genere el impago por parte del Cliente. Para más información sobre Medios de pago utilizados por MC consultar aquí
ARTÍCULO 23. Servicios complementarios
1. El Proveedor/Vendedor puede solicitar su alta en servicios adicionales o complementarios prestados y asignados por MC (en lo sucesivo, los “Servicios Complementarios”), en la forma descrita por MC introduciendo su ID y contraseña obtenidos en la forma descrita en el artículo 5, en el Sistema.
2. El acuerdo para la prestación de Servicios Complementarios entrará en vigor en el momento en que MC aprueba dicha solicitud en la forma prevista en cada caso por MC.
3. Estos Términos serán de aplicación mutatis mutandis a los asuntos relacionados con los Servicios Complementarios que no estén específicamente regulados en el acuerdo correspondiente que regule dichos Servicios.
ARTÍCULO 24. Resolución del Acuerdo por el Proveedor/Vendedor
1. El Proveedor/Vendedor, una vez finalizado el período de un (1) año desde la Fecha de Emisión de la Cuenta, puede terminar este acuerdo mediante el envío de un requerimiento escrito en la forma descrita por MC. En ese caso, todas las deudas pendientes (incluida la Cuota Mensual Básica correspondiente al período pendiente del Acuerdo y la Comisión por Ventas hasta la fecha de finalización), así como el resto de obligaciones de pago del Proveedor/Vendedor hacia MC se devengarán inmediatamente, convirtiéndose en líquidas, vencidas y exigibles, por lo que el Proveedor/Vendedor deberá pagar todas esas cantidades devengadas hasta la fecha de finalización del contrato durante los catorce (14) días siguientes a esa fecha.
2. El Proveedor/Vendedor, tal y como establece el artículo 11 del presente contrato podrá resolver el mismo, comunicando a MC la voluntad de Terminar el contrato mediante comunicación por escrito y de manera fehaciente, con un plazo de preaviso de TREINTA (30) días por cualquier medio admitido en la ley Dominicana .En cualquier caso, será de aplicación lo previsto en el apartado anterior sobre las deudas pendientes del Proveedor/Vendedor.
ARTÍCULO 25. Resolución por parte de MC
1. MC podrá finalizar este acuerdo con el Proveedor/Vendedor enviando un preaviso escrito de siete (7) días al Proveedor/Vendedor y suspender o cerrar inmediatamente la Tienda Virtual del Proveedor/Vendedor en el Centro Comercial y el Sistema en caso de que concurra cualquiera de las siguientes circunstancias:
(i) Cualquier incumplimiento de los Términos o de las condiciones de este contrato que, en caso de que pueda ser subsanado, no haya sido resuelto durante los siete (7) días siguientes a la fecha en la que haya sido requerido para ello por MC.
(ii) Protesto o devolución de un cheque, pagaré, letra de cambio o cualquier otro instrumento representativo de una obligación del Proveedor/Vendedor;
(iii) Cuando se haya producido un embargo o un medio de ejecución temporal, provisional o definitivo, de cualquiera de las Mercancías del Proveedor/Vendedor;
(iv) Cuando exista una solicitud de concurso o liquidación, reestructuración corporativa o estructural o cualquier otro procedimiento legal similar que haya sido instado contra el Proveedor/Vendedor o por el propio Proveedor/Vendedor;
(v) En caso de disolución o suspensión del negocio de la Tienda Virtual;
(vi) Cuando el Proveedor/Vendedor no responde a cualquier solicitud o consulta formulada por MC durante un período de dos (2) semanas;
(vii) Imposición de cualquier sanción en relación con el negocio desarrollado en la Tienda Virtual por parte de cualquier entidad pública o autoridad, bajo leyes o reglamentos vigentes;
(viii) En caso de que MC decida de Buena fe que los métodos de marketing, las Mercancías y Servicios ofrecidos o vendidos, las Ventas realizadas o cualquier otra actividad desarrollada por el Proveedor/Vendedor o los gerentes del mismo va en contra de normas públicas o son inapropiados para el Centro Comercial;
(ix) En caso de que el Proveedor/Vendedor no obtenga el permiso de MC en la forma descrita en el artículo 6.1. en el plazo de tres (3) meses desde la Fecha de Emisión de la Cuenta.
(x) En caso de que MC considere difícil seguir adelante con este acuerdo con el Proveedor/Vendedor por motivos tales como la concurrencia de comportamientos groseros o violentos por cualquier miembro del equipo del Proveedor/Vendedor, o cuando una solicitud o requerimiento del Proveedor/Vendedor a MC, los Clientes o a terceros no pueda considerarse apropiada a la luz de las prácticas empresariales normales.
(xi) Cuando MC considere, de Buena fe, que existen motivos justificables para terminar este acuerdo con el Proveedor/Vendedor;
(xii) En caso de que el Proveedor/Vendedor incumpla cualquier pago devengado en base a este acuerdo durante un período de tres (3) meses después de que dicho pago haya sido requerido por MC.
2. Cuando el Proveedor/Vendedor esté involucrado en alguna de las situaciones o lleve a cabo alguna las conductas que a continuación se describen, MC podrá, discrecionalmente, limitar los servicios prestados al Proveedor/Vendedor o terminar inmediatamente este acuerdo, sin necesidad de preaviso, mediante el envío de una comunicación escrita:
(i)Utilización de los Servicios prestados por MC para recibir pagos por servicios, productos o materiales de carácter o contenido sexual u obsceno o que violen las políticas de MC.
(ii) Utilización de los Servicios prestados por MC para recibir pagos por la venta de narcóticos, otras sustancias controladas o ilegales, esteroides o drogas o medicamentos sometidos a prescripción, que incumplan cualquier ley Dominicana o internacional;
(iii) Utilización de los Servicios prestados por MC para recibir pagos por apuestas, deudas o ganancias de juego, indistintamente la localización de las partes o el tipo de actividad de juego;
(iv) Utilización de los Servicios prestados por MC para recibir pagos a cambio de Productos falsos o réplicas de originales;
(v) Utilización de los Servicios prestados por MC para recibir pagos a cambio de armas, munición, cargadores o cualquier producto relacionado con los anteriores;
(vi) Cuando lleve a cabo intentos de corromper, hackear, modificar o alterar la Seguridad o funcionalidad del Sistema y/o del Servicio;
(vii) Utilizar los Servicios prestados por MC para actividades relacionadas con el lavado de dinero;
(viii) Utilizar los Servicios prestados por MC para poner en marcha o cobrar cantidades relacionadas con programas con esquemas piramidales;
3. MC podrá terminar unilateralmente este contrato mediante preaviso de Buena fe al enviado con un mes de antelación a la fecha de resolución efectiva.
4. En caso de que:
(i) el acuerdo sea resuelto por las causas descritas en el artículo 25.1, 25.3 o 25.5,
(ii) que el Proveedor/Vendedor cuya cuenta ha sido suspendida de acuerdo con lo previsto en el artículo 21.1. no adopte inmediatamente las medidas descritas por MC o no está previsto que las adopte o
(iii) que exista una buena razón, basada en la buena fe, para cobrar las deudas pendientes (incluida la Cuota Básica Mensual y la Comisión por Ventas hasta la fecha de terminación del acuerdo) y de que las obligaciones del Proveedor/Vendedor frente a MC serán líquidas, vencidas y exigibles a solicitud de MC y que el Proveedor/Vendedor deberá pagar las deudas pendientes inmediatamente, junto con las cantidades no facturadas, que deberán ser pagadas inmediatamente después de su facturación; en estos casos, el Proveedor/Vendedor deberá pagar las citadas cantidades adeudada hasta la fecha de terminación del acuerdo, que serán inmediatamente líquidas, vencidas y exigibles sin necesidad de requerimiento de MC.
5. MC no será responsable por las pérdidas, daños, costes o gastos en que incurra el Proveedor/Vendedor en relación o como consecuencia de la resolución de este acuerdo por los motivos descritos en este artículo, en ningún caso.
6. A partir de la fecha de resolución del presente acuerdo, aplicarán las siguientes condiciones:
(i) Cualquier transacción pendiente de ejecución será cancelada y todos los saldos asociados con códigos de canje serán cancelados.
(ii) Todos los fondos mantenidos por MC por cuenta del Proveedor/Vendedor en el momento de cierre de la cuenta, una vez deducidos los gastos y cuotas adeudados a MC, serán pagados al Proveedor/Vendedor a través de cheque, siempre que se hayan cumplido todos los requisitos vinculados a la autenticación del Proveedor/Vendedor para la obtención de los fondos.
(iii) El Vendedor no podrá utilizar el cierre de su cuenta como una forma para impedir una investigación; si existe una investigación pendiente en el momento en que el Proveedor/Vendedor cierra su cuenta, MC puede retener los fondos hasta un máximo de ciento ochenta (180) días como una medida de protección de MC frente a devoluciones o reclamaciones. Si, posteriormente, se reconoce el derecho del Proveedor/Vendedor a recibir todos o parte de los fondos en conflicto, MC llevará a cabo la transferencia de los mismos en el plazo de los treinta (30) días siguientes. El Proveedor/Vendedor será responsable con todas las obligaciones relacionadas con su cuenta incluso después del cierre de la misma. Si el Proveedor/Vendedor no accede a su cuenta durante un período de un (1) año, ésta será cerrada por MC sin comunicación posterior. Tras la fecha de finalización, MC utilizará las cuentas y/o la información del domicilio proporcionada por el Proveedor/Vendedor para intentar remitir los fondos que MC mantenga pendientes de transferencia al Proveedor/Vendedor. Si la información resulta no ser cierta y MC no es capaz de completar el pago al Proveedor/Vendedor, los fondos se someterán a las normas aplicables para las propiedades y el dinero no reclamado o abandonado.
ARTÍCULO 26. Pago por MC
1. MC transferirá al Proveedor/Vendedor todos los ingresos netos recibidos de los Clientes como resultado de la ejecución de una venta o de la prestación de servicios relacionados con las Mercancías o Servicios ofrecidos por el Proveedor/Vendedor a través de su Tienda Virtual en el Centro Comercial.
2. Las cantidades, cuotas o deudas a ingresar por MC del Proveedor/Vendedor, descritas en este documento, serán deducidas del pago inmediatamente posterior.
3. El Proveedor/Vendedor reconoce que:
(a) MC no es un banco ni presta servicios financieros;
(b) El Proveedor/Vendedor acepta que no recibirá intereses u otras ganancias por los fondos manejados o procesados por MC en nombre del Proveedor/Vendedor y que MC podrá retener los intereses o ganancias obtenidas, en su caso, por dichos fondos;
4. Desembolso de cantidades, MC desembolsará las cantidades al Proveedor/Vendedor siguiendo los siguientes pasos:
(i) El Proveedor/Vendedor notificará a MC cada transacción inmediatamente después de llevar a cabo el envío de las Mercancías;
(ii) El importe del pago (precio de mercancías, gastos de envío y otros gastos relevantes) será fijado durante los diez (10) días siguientes a la Fecha Fijada (la fecha de notificación). El Proveedor/Vendedor no podrá modificar la cantidad de pago ni cancelar la transacción después de la Fecha Fijada.
(iii) MC calculará la cantidad a pagar al Proveedor/Vendedor, basándose en el pago comunicado, los gastos comunicados y cualquier otro coste que tenga que deducirse de dicho pago, por cada uno de los períodos descritos en la cláusula 26.4 (ii) anterior. MC pagará al Proveedor/Vendedor la cantidad devengada por éste durante cada uno de los períodos descritos en el plazo de los días siguientes a la Fecha Fijada. A modo de ejemplo, MC pagará al Proveedor/Vendedor el día 20 el importe devengado entre los días 1 y 10 del mes. A tal efecto, MC generará un fichero para llevar a cabo el desembolso y lo cargará en sus sistemas de procesamiento de pagos en la fecha descrita.
(iv) La cantidad a pagar al Proveedor/Vendedor debe ser superior a tres mil pesos (RD$3,000) semanales. Si la cantidad es igual o inferior a dicho importe, MC retendrá el pago hasta que la cantidad supere ese importe. Sin embargo, la última semana de cada mes, todo el dinero devengado por el Proveedor/Vendedor, indistintamente del importe, será liquidado por MC.
(v) Cuando el día de pago sea festivo, el pago se ejecutará el siguiente día hábil.
5. Fraudes, disputas y devoluciones de transacciones
(i) MC notificará al Proveedor/Vendedor cualquier fraude, disputa o devolución de transacción que reciba del banco.
(ii) El Proveedor/Vendedor remitirá a MC toda la documentación necesaria en el plazo otorgado por ésta.
(iii) El Proveedor/Vendedor hará frente a todos los gastos y costes causados en caso de fraude, disputa o devolución.
(iv) El Proveedor/Vendedor mantendrá una copia en sus registros de toda la información de la transacción.
(v) MC no será responsable, en ningún caso, de los daños, perjuicios, devoluciones, disputas o cualesquiera otros efectos negativos para el Proveedor/Vendedor que se deriven derivados de la mala fe, el dolo o la culpa de los clientes final.
6. MC, sin renunciar a otras medidas, podrá retener a su discreción los fondos de la cuenta del Proveedor/Vendedor, limitar sus pagos y el acceso a su cuenta, así como cualquiera de las funciones de la cuenta, suspender indefinidamente o cerrar la cuenta y negarse a proveer sus servicios al Proveedor/Vendedor o adoptar cualquier otra medida proporcional y racional para proteger sus derechos e intereses y los de los Clientes, en caso de que tenga lugar cualquiera de los siguientes sucesos:
(i) Cuando el Proveedor/Vendedor incumpla los términos de este acuerdo en la forma descrita;
(ii) Cuando MC sea incapaz de verificar o autenticar la información proporcionada por el Proveedor/Vendedor y éste no coopere o asista a MC a verificar y autenticar dicha información;
(iii) Cuando MC crea que existen indicios suficientes de que la cuenta o las actividades del Proveedor/Vendedor suponen un riesgo significante de crédito o deuda para MC;
(iv) Cuando MC crea con causa razonable que las acciones del Proveedor//Vendedor podrían provocar pérdidas o responsabilidades legales para MC o sus Clientes o
(v) Cuando el uso del Proveedor/Vendedor de la Cuenta proporcionada por MC se considere por MC, Visa, Master Card, American Express o cualquier otro proveedor de medios de pago como un abuso del sistema de tarjetas de crédito o una violación de las reglas de ese medio de pago.
7. A efectos aclaratorios, incluso cuando consten como finalizadas en el registro de Actividad Reciente o de Transacciones Históricas de la cuenta del Proveedor/Vendedor, las transacciones no se consideran completas o finalizadas hasta que los fondos han sido cargados en la fuente de los fondos del Cliente (para pagos) o remitidos a la cuenta del banco del Cliente (para extractos o devoluciones).
8. Adicionalmente y sin que esto perjudique al resto de artículos, MC se reserva el derecho a retener los fondos más allá de los períodos normales de transferencia cuando las transacciones tengan una apariencia sospechosa para cuentas que lleven a cabo grandes volúmenes de transacción, para asegurar la integridad de los fondos.
9. En caso de cierre de la cuenta del Proveedor/Vendedor de acuerdo con lo previsto en este acuerdo, MC proporcionará al Proveedor/Vendedor una comunicación escrita y transferirá todos los fondos que no estén afectados. Adicionalmente, MC tendrá un derecho de retención y de liquidación sobre la cuenta del Proveedor/Vendedor con respecto a todas las sumas líquidas, vencidas y exigibles por MC de acuerdo con el presente acuerdo.
10. Cuando un pago no pueda ser ejecutado por motivos atribuibles al Proveedor/Vendedor y hayan transcurrido tres (3) meses desde la fecha prevista para el pago, el Proveedor/Vendedor perderá su derecho a exigir dicho pago.
ARTÍCULO 27. Impuestos
1. Los impuestos relacionados con las operaciones descritas en este acuerdo serán pagados por cada una de las partes de acuerdo con lo previsto en las leyes fiscales vigentes en la Republica Dominicana.
2. Las partes acuerdan cooperar con el resto de partes para facilitar, el cálculo de forma correcta el importe de los impuestos a pagar.
3. El Proveedor/Vendedor reconoce y acepta que es su responsabilidad determinar cuáles son las tasas aplicables, en su caso, a los pagos recibidos, incluidos los impuestos por ganancias, valor añadido y otros impuestos, tasas y cargos públicos, así como reportar y liquidar los correspondientes impuestos a las autoridades fiscales adecuadas. MC no está obligada a determinar cuáles son los impuestos aplicables, ni a recoger, cobrar o liquidar los impuestos correspondientes a las transacciones ejecutadas por el Proveedor/Vendedor a través de la Tienda Virtual.
ARTÍCULO 28. Acuerdo completo y variaciones
1. Este acuerdo recoge todos los términos y condiciones acordados entre las partes con respecto al objeto de este acuerdo y sustituye y cancela a todos los efectos todas las previas condiciones, garantías, acuerdos y compromisos, en su caso, que existían entre las partes con respecto al objeto regulado, tanto escritas como orales, con excepción de aquellas acordadas por escrito entre las partes con posterioridad a la firma de este acuerdo.
2. Cualquier modificación de este acuerdo deberá ser aprobada por escrito por las partes firmantes del mismo, salvo que se acuerde lo contrario en el mismo.
ARTÍCULO 29. Relación mercantil
1. Este acuerdo no constituye ni implica la creación de una sociedad, articulación de empresa “joint venture”, agencia o relación fiduciaria o de cualquier otro tipo entre las partes, distinta a la mera relación contractual expresamente descrita en este acuerdo.
2. El Proveedor/Vendedor expresamente se compromete a mantener a MC exento y libre de cualquier reclamación, daño o demanda incoada por los empleados o por el personal subcontratado por el Proveedor/Vendedor, como resultado de un incumplimiento de las obligaciones de éste.
ARTÍCULO 30. Indivisibilidad
La invalidez o imposibilidad de ejecución de cualquiera de los términos o condiciones de este acuerdo no afectará a la validez o ejecutabilidad del resto de Términos o condiciones contenidas en el mismo, que mantendrán íntegramente su validez y sus efectos.
ARTÍCULO 31. Sucesores y designados
Este acuerdo será vinculante y sus efectos serán ejecutables frente a los herederos, representantes, sucesores o las personas designadas por las partes, cuando concurran las circunstancias correspondientes.
ARTICULO 32. No renuncia
El no ejercicio o el retraso en el ejercicio de cualquier derecho atribuido a las partes, así como el ejercicio unilateral o parcial de los mismos o de otros derechos o soluciones distintos a los previstos en este acuerdo, en lugar de éstos, se considerará una renuncia a dichos derechos.
ARTÍCULO 33. Fuerza Mayor
Ninguna parte será responsable por la ejecución o incumplimiento provocado por eventos que excedan su capacidad razonable de control, incluyendo pero no limitado a accidentes o casos fortuitos como condiciones climáticas excepcionalmente adversas (inundaciones, tornados, tormentas, rayos, fuertes vientos, tifones, terremotos, Tsunamis, desastres naturales, caída de aviones o de objetos aéreos, explosión, fuego, guerras y hostilidades, insurgencias, terrorismo, movilizaciones civiles, disturbios, guerras o cierres industriales en una ciudad, disputas industriales, acciones industriales de trabajadores, carencia de trabajo, bienes y materiales y leyes o reglamentos gubernamentales o interferencias políticas. Si cualquiera de los anteriores eventos llegase a suceder, cualquiera de las partes deberá, una vez conocido el mismo, notificar a la otra parte los detalles que han conducido al incumplimiento y ambas partes iniciarán negociaciones para llevar a cabo las acciones necesarias para remediar y facilitar el cumplimiento del acuerdo. Si las circunstancias persistiesen durante un período superior a noventa (90) días después de las últimas medidas adoptadas para intentar resolverlas y siempre que el Proveedor//Vendedor haya liquidado todas las cantidades pendientes de acuerdo con lo dispuesto en este acuerdo, las partes podrán resolver este acuerdo y declararlo nulo, sin que ninguna de las partes pueda reclamar contra la otra sobre la base de un incumplimiento del acuerdo.
ARTÍCULO 34. Costes y Gastos
Cada una de las partes se hará cargo de sus respectivos gastos legales con respecto a este acuerdo. Los gastos relacionados con el envío de este acuerdo firmado serán a cuenta del Proveedor/Vendedor.
ARTÍCULO 35. Legislación y jurisdicción
Este acuerdo se someterá y será interpretado de acuerdo con las leyes Dominicanas y las partes están de acuerdo en someter cualquier discusión o conflicto relativo a la negociación, firma, cumplimiento, ejecución o cualquier otra discusión relativa al mismo a la exclusiva jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Puerto Plata.
Anexo - Términos y condiciones del Programa de Mejor Puntos de Mejorcompra.com
Artículo 1. Condiciones generales
1. Estos Términos y Condiciones constituyen un acuerdo (“acuerdo”) entre Mejorcompra.com Amsconenct SRL y el negocio que ha abierto una Tienda Virtual en el Centro Comercial (el “Proveedor/Vendedor”), relativo al uso y participación en el programa de Mejor Puntos de Mejorcompra.com.
2. Este acuerdo forma parte del contrato con el Proveedor/Vendedor (“Contrato con el Proveedor/Vendedor”). Cualquier asunto no previsto expresamente en el presente contrato será indicado se regulará de acuerdo con lo establecido en el Contrato con el Proveedor/Vendedor. Los Términos de este documento tendrán el mismo significado que los contenidos en aquél.
Artículo 2. Mejor Puntos Mejorcompra.com
"Mejor Puntos Mejorcompra.com" es un programa de puntos proporcionado por MC a aquellos usuarios que se han registrado como Clientes de Mejorcompra.com (“Clientes”). El contenido de este programa estará descrito por MC en los documentos correspondientes, tales como los Términos y Condiciones para usuarios del Programa de Mejor Puntos de Mejorcompra.com (“T&C de MP para Clientes”).
Artículo 3. Otorgamiento de Mejor Puntos por los Proveedores/Vendedores
1. Cuando un cliente adquiere un producto en una Tienda Virtual de Mejorcompra.com Amsconnect (“Tienda del Proveedor/Vendedor”), MC otorgará Mejor Puntos (“Puntos de Premio”) a ese Cliente de acuerdo con el porcentaje -establecido por MC - del precio del producto registrado en el servidor del Sistema (en el sentido definido en el Contrato con el Proveedor/Vendedor) por el Proveedor/Vendedor, redondeado al número entero más cercano de puntos.
2. MC emitirá Puntos de Premio al Cliente por compras de cualquier mercancía listada en la tienda del Proveedor/Vendedor por éste. Sin embargo, MC podrá, a su sola discreción, limitar el alcance de los productos o servicios que otorgarán el derecho a obtener los Puntos de Premio al Cliente.
Artículo 4. Coste de los Mejor Puntos
1. El Proveedor/Vendedor hará frente a los costes de otorgar los Puntos de Premio a los Clientes por cualquier transacción que se produzca en la Tienda del Proveedor/Vendedor, de acuerdo con la tabla establecida en cada caso por MC (“Tabla de Puntos”).
2. La cantidad adeudada por el Proveedor/Vendedor a cambio de los Puntos de Premio se calculará semanalmente. El pago de los Puntos de Premio seguirá la misma estructura acordada con respecto a las operaciones de la Tienda en Mejorcompra.com, entendiendo que la Comisión por Ventas tendrá el mismo funcionamiento que los Puntos de Premio.
Artículo 5. Uso de Mejor Puntos
1. El Cliente puede utilizar los Mejor Puntos como medio para completar una compra en la Tienda del Proveedor/Vendedor. El Cliente deberá seguir los T&C de MP para el Cliente especificados por MC. El Proveedor/Vendedor aceptará los Mejor Puntos como una forma de completar el pago. Cuando el precio total de una compra sea inferior a quinientos (RD$500) pesos, el Cliente no podrá utilizar los Mejor Puntos para completar un pago.
2. El Cliente podrá utilizar los Mejor Puntos para completar un pago incluido, sin limitación el precio del producto y los gastos de envío. MC podrá revisar este alcance a su sola discreción.
3. El Cliente podrán utilizar los Mejor Puntos para cualquier transacción dentro de la Tienda del Proveedor/Vendedor. MC se reserva el derecho a aplicar o eliminar el programa de Mejor Puntos a cualquier Proveedor/Vendedor a su sola discreción.
4. El Cliente no podrá utilizar los Puntos de Premio obtenidos en una compra para completar el pago de dicha compra.
Artículo 6. Compensación del uso de Mejor Puntos
1. MC aplicará la Tabla de Puntos a los Mejor Puntos utilizados por el Cliente en una compra antes de pagar al Proveedor/Vendedor.
2. La cantidad adeudada por MC al Proveedor/Vendedor como consecuencia del uso de Mejor Puntos por parte del Cliente se calculará por períodos de diez días, siguiendo el mismo esquema que los pagos descritos en el contrato principal. MC pagará esta cantidad al Proveedor/Vendedor conjuntamente y en la forma prevista para el resto de pagos de este contrato.
3. MC transferirá, en su caso, los fondos a la cuenta bancaria del Proveedor/Vendedor indicada en el formulario de alta del Proveedor/Vendedor.
4. En caso de disputa o conflicto con respecto a los Mejor Puntos entre el Proveedor/Vendedor y el Cliente, MC retendrá el pago al Proveedor/Vendedor hasta que la discusión haya sido resuelta. Si MC ya hubiese pagado al Proveedor/Vendedor los Mejor Puntos relacionados con dicha discusión y dicho pago no fuese procedente, el Proveedor/Vendedor reintegrará a MC la cantidad correspondiente de forma inmediata.
5. Si un pago no puede ser ejecutado por razones atribuidas al Proveedor/Vendedor y transcurren tres (3) meses desde la fecha prevista para el pago, el Proveedor/Vendedor perderá el derecho a reclamar dicho pago.
Artículo 7. Revocación del uso de Mejor Puntos
1. Si el Cliente o el Proveedor/Vendedor cancelasen una compra antes de la Fecha Fijada definida en el Contrato con el Proveedor/Vendedor, éste seguirá las instrucciones de MC para modificar dichos productos del servidor. El sistema de puntos se actualizará entonces de forma automática.
2. Si el Cliente cancela una compra que fue pagada total o parcialmente usando Mejor Puntos antes de la Fecha Fijada, el Cliente recibirá un reintegro en la misma forma y proporción con la que el Cliente completó la compra. Cualquier cancelación posterior a la Fecha Fijada deberá ser solucionada entre el Cliente y el Proveedor/Vendedor.
Artículo 8. Prohibición de trato discriminatorio
1. El Proveedor/Vendedor no podrá rechazar el uso de los Mejor Puntos por parte del Cliente. Adicionalmente, el Proveedor/Vendedor no podrá intentar convencer al Cliente para usar una forma distinta de pago en cualquier compra. El Proveedor/Vendedor no podrá modificar las cantidades de Mejor Puntos y bajo ninguna circunstancia el Proveedor/Vendedor podrá utilizar los Mejor Puntos para provocar la discriminación o una desventaja para el Cliente.
2. Si el Cliente o el Proveedor/Vendedor cancelan una compra después de la Fecha Fijada, independientemente de si los Mejor Puntos fueron o no utilizados, MC no asumirá responsabilidad alguna por dicha cancelación. El Proveedor/Vendedor y el Cliente deberán resolver dicha cancelación entre ellos.
3. Si el Proveedor/Vendedor implementa un programa de fidelización similar a los Mejor Puntos, deberá explicarlo de forma clara al Cliente a fin de no provocar confusión entre ambos programas.